SANTO DOMINGO.- El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, recibió, de parte de los miembros de la Cámara de Cuentas el Informe de Análisis y Evaluación de la Ejecución Presupuestaria y la Rendición de Cuentas Generales del Estado, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2023.
El informe fue entregado en el salón Danilo Medina, ubicado en el quinto piso del edificio que aloja a los diputados por el presidente del Órgano Auditor, Janel Andrés Ramírez Sánchez, en compañía de los miembros Elsa María Catano, Elsa Peña Peña y Mario Arturo Fernández Burgos.
Al hacer la entrega, Janel Ramírez explicó que el documento contiene el Análisis y la Evaluación de la Ejecución Presupuestaria Correspondiente al Gobierno Central, las Instituciones Autónomas y Descentralizadas no Financieras, Instituciones de la Seguridad Social, las Empresas Públicas no Financieras, las Instituciones Financieras, las Municipalidades y las Asociaciones Sin Fines de Lucro incluidas en el Presupuesto General del Estado.
Incluye, además, el Informe de los Auditores Independientes sobre los Estados Financieros de la Cámara de Cuentas, correspondiente al ejercicio fiscal 2023, elaborado por una compañía privada de auditoría.
De su lado, Alfredo Pacheco agradeció la entrega, como cada año del documento, expresando que es un valioso instrumento para medir las diferentes acciones desarrolladas por las instituciones públicas.
“Nosotros recibimos con mucho agrado este importantísimo informe, y a su vez le decimos a la ciudadanía que le daremos el curso de lugar que establece la Constitución y las leyes dominicanas”, expresó Pacheco.
El artículo 250 de la Constitución de la República ordena a la Cámara de Cuentas a Examinar las cuentas generales y particulares de la República; 2) Presentar al Congreso Nacional los informes sobre la fiscalización del patrimonio del Estado; 3) Auditar y analizar la ejecución del Presupuesto General del Estado que cada año apruebe el Congreso Nacional, tomando como base el estado de recaudación e inversión de las rentas presentado por el Poder Ejecutivo, de conformidad con la Constitución y las leyes, y someter el informe correspondiente a éste a más tardar el 30 de abril del año siguiente, para su conocimiento y decisión; 4) Emitir normas con carácter obligatorio para la coordinación interinstitucional de los órganos y organismos responsables del control y auditoría de los recursos públicos; 5) Realizar investigaciones especiales a requerimiento de una o ambas cámaras legislativas.
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