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Cámara de Diputados recibe charla de la DIDA sobre pensiones por vejez, discapacidad y fallecimiento

  • Foto del escritor: Argenllery González
    Argenllery González
  • 15 oct
  • 2 Min. de lectura

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Santo Domingo, R.D.- En un esfuerzo por empoderar a sus colaboradores, la Cámara de Diputados recibió este martes una charla de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) sobre los beneficios del Seguro de Pensiones en el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

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El foco: pensiones por vejez, discapacidad y fallecimiento, con detalles curiosos como montos vitalicios y plazos extendidos para reclamos.


La actividad fue encabezada por el director de Recursos Humanos, Darwin Ovalles, quien, en nombre del presidente de la Cámara, Alfredo Pacheco, agradeció a la DIDA y a su titular, el exdiputado Elías Báez, por elegir al órgano legislativo como sede para capacitar al personal en seguridad social.


"Agradecemos a la DIDA por orientarnos sobre nuestros derechos. Es una oportunidad para empoderar a la gente, porque no basta con que la ley los reconozca; es necesario que cada ciudadano sepa cómo y cuándo ejercerlos. La mejor forma de perder un derecho es no conocerlo ni reclamarlo", expresó Ovalles en su discurso de apertura.


La facilitadora Paola Valerio Then desglosó la Ley 87-01 de 2001, que creó el Seguro de Pensiones en el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) – adscrito al Ministerio de Hacienda – para blindar a todos los trabajadores dominicanos.


Valerio detalló cada tipo de pensión:


• Pensión por vejez: Accesible a los 60 años (o 55 en cesantía por edad avanzada), ofrece renta vitalicia del 60% del salario promedio de los mejores 10 años cotizados, más 1% por año adicional. Beneficio clave: Estabilidad financiera post-laboral, con opción de retiro programado en AFP; ideal para jubilados sin ahorros privados.


• Pensión por discapacidad: Para afiliados con incapacidad total/permanente (certificada médicamente), paga 60% del salario promedio desde la fecha de invalidez, sin límite de edad si hay 150 semanas cotizadas. Cubre rehabilitación y adapta a dependientes; crucial para accidentes laborales o enfermedades crónicas.


• Pensión por fallecimiento: Para viudos/as, hijos menores, discapacitados o padres dependientes del fallecido; hasta 100% de la base reguladora dividida. Incluye ampliación de plazo de reclamo de 2 a 7 años (Reforma 2019), evitando prescripciones prematuras y facilitando herencias pensionales.


Valerio Then resaltó programas especiales para ingresos tardíos a AFP (≥44 años), que garantizan pensión mínima pese a pocas cotizaciones, y pensiones por enfermedades catastróficas (ej. cáncer, SIDA), que suman al 100% del salario sin agotar fondos individuales. "Todos tenemos derechos amparados por ley ", enfatizó.


Maribel Oleaga, especialista en Seguridad Social, cerró la capacitación con las palabras: "Muchos se quejan y pocos reclaman; la DIDA asiste en esos procesos estamos para servirles".

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